Socios/as de la Comunidad Budista Secular Sendero del Despertar

Sobre los socios/as

Foto de Bharath Reddy en Unsplash

En la Comunidad Budista Secular Sendero del Despertar creemos en una participación abierta, inclusiva y respetuosa. Todas las personas mayores de edad que compartan nuestro espíritu y nuestros fines pueden formar parte del proyecto. No hacemos ningún tipo de distinción por origen, condición o situación personal.

En nuestra Comunidad entendemos la pertenencia no como un trámite, sino como un gesto de afinidad y de cuidado mutuo. Todas las personas que deseen caminar con nosotros, cultivar la atención sabia y contribuir a un espacio de práctica, reflexión y convivencia pueden ser parte de este proyecto común.

Por ello, ofrecemos varias maneras de participar, desde el compromiso pleno en la vida de la Comunidad, como miembro asociado, hasta formas más abiertas y flexibles de acompañar y apoyar nuestro camino. Cada modalidad responde a distintos niveles de implicación, pero todas comparten el mismo espíritu: practicar juntos, construir un espacio amable y favorecer el desarrollo de una vida más consciente.

Aquí puedes conocer las distintas opciones y encontrar la que mejor resuene contigo y con tu momento vital dentro del Sendero del Despertar.


Te presentamos la sección de los Estatutos de nuestra Comunidad, a titulo informativo y aún provisional, referida a los tipos de socios que nos parece adecuado para nuestra Sangha, y sus derechos y obligaciones. Si tienes interés en unirte a nosotros, o deseas más información, puedes escribirnos rellenando tus datos y tu consulta en el formulario de esta página.

CAPÍTULO II.  SOCIOS/AS

Artículo 13. Miembros

Podrán pertenecer a la Asociación todas las personas mayores de edad que compartan los fines de la asociación y sean admitidas conforme a los estatutos, tanto nacionales como extranjeros, y sin discriminación ninguna por sexo, edad, situación social o características de otra índole.

Para ser socio/a se deberá presentar una solicitud por escrito a la Mesa Directiva.

Artículo 14. Tipos de socios/as

La asociación reconocerá las siguientes categorías de miembros:

Miembros asociados: Tienen voz y voto, pueden asistir a asambleas, proponer iniciativas y formar parte de la Mesa Directiva. Deberán ser aceptados por la Mesa Directiva. Serán miembros asociados las personas fundadoras que aparecen en el documento entregado a la Administración y todas aquellas que sean admitidas posteriormente.

Miembros colaboradores: Personas que contribuyen eventualmente o de forma regular a la buena marcha de la CBSSD sin estar plenamente integradas como asociados. Tienen prioridad frente a los no miembros para asistir a todas las actividades que la Comunidad organice.

Miembros de honor: Serán aquellos socios/as que por su relevancia nacional o internacional en el budismo y las prácticas contemplativas o por haber contribuido de modo relevante al desarrollo de la CBSSD, se hagan acreedores de tal distinción. El nombramiento de los socios/as de honor corresponderá a la Mesa Directiva y será refrendado por la Asamblea General. Los socios/as de honor podrán asesorar a la Mesa Directiva en el cumplimiento de los fines de la Asociación y tendrán los mismos derechos que los miembros colaboradores, pudiendo asistir a las asambleas sin derecho de voto.

Artículo 15. Baja de socios/as 

Los socios/as causarán baja por alguna de las causas siguientes:

  1. Por renuncia voluntaria, comunicada por escrito a la Mesa Directiva.
  2. Por incumplimiento de las obligaciones económicas, si dejara de satisfacer cuotas periódicas.
  3. Por decisión de la Mesa Directiva si ésta considera que el socio/a ya no reúne las condiciones o requisitos por los que se le admitió o incumple las obligaciones correspondientes a los socios/as e indicadas en el artículo correspondiente. La baja de un asociado deberá ser comunicada al interesado y podrá ser revisada a iniciativa de este.

Las personas miembros asociados podrán darse de baja de forma temporal solicitándolo por escrito a la Mesa Directiva.

Artículo 16. Derechos de los socios/as 

Los/las miembros tendrán los siguientes derechos:

Las personas asociadas podrán:

  1. Proponer actividades para ser desarrolladas por la Asociación.
  2. Tomar parte en cuantas actividades organice la Asociación en cumplimiento de sus fines.
  3. Participar en las Asambleas con voz y voto.
  4. Votar y ser elegidas para los cargos directivos de la Mesa.
  5. Elevar propuestas a la Asamblea General, bien a la Mesa Directiva o directamente a la Asamblea General, solicitando al Secretario/a que las incluya en el orden del día.  Estas propuestas deberán ser secundadas por el 10% de los participantes en la Asamblea.
  6. Recibir información sobre la gestión y los acuerdos adoptados por los órganos de la Asociación, pudiendo tener acceso a las actas de las Asambleas Generales y de la Reuniones de la Mesa Directiva, solicitando las mismas al Secretario/a de la Asociación.
  7. Hacer sugerencias a los miembros de la Mesa Directiva en orden al mejor cumplimiento de los fines de la Asociación.
  8. Tendrán prioridad en la reserva de plaza y se beneficiarán de un descuento mínimo del 25% en todas las actividades organizadas por la Asociación que exijan el pago para su inscripción y participación.
  9. Cualesquiera otros derechos reconocidos por acuerdo de la Asamblea General.

Las personas miembros colaboradores y de honor:

  1. Podrán participar en las actividades organizadas por la Asociación.
  2. Disfrutarán de las ventajas que la Asociación establezca para ellas.
  3. Recibirán información y comunicaciones sobre las actividades a realizar por la Asociación.
  4. Tendrán prioridad en la reserva de plaza y se beneficiarán de un descuento del 15% en todas las actividades que exijan el pago para su inscripción y participación.

Artículo 17. Obligaciones de los socios/as

Los miembros de la CBSSD tendrán los siguientes compromisos, y podrán ser separados de la Asociación si no las cumplen y a instancias de la Mesa Directiva.

Las personas asociadas

  1. Tener interés en la práctica del budismo, mostrando constancia en las actividades de la CBSSD, principalmente en las sesiones de práctica formal que se organicen.
  2. Cumplir y respetar los presentes Estatutos y los acuerdos válidos de las Asambleas y la Mesa Directiva.
  3. Abonar las cuotas que fije la Mesa Directiva para el sostenimiento de la asociación.
  4. Asistir a las Asambleas.
  5. Desempeñar, en su caso, las obligaciones inherentes al cargo que ocupen.

Las personas colaboradoras

  1. Cumplir y respetar los presentes Estatutos y los acuerdos válidos de las Asambleas y la Mesa Directiva.
  2. No será obligatorio para ellas abonar las cuotas que se fijen para el sostenimiento de la asociación, pero si se les anima a que ofrezcan donaciones, principalmente si se benefician de actividades regulares como las sesiones de meditación u otras actividades contemplativas.

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